Blogia
La página de Juan Julián Elola

Reforma Constitucional

Reforma Constitucional

Después del anuncio de ayer del Presidente Zapatero de la posible inmediatez de una reforma constitucional relámpago, me lo he pensado mucho antes de escribir este post en mi blog. Entre otras cosas porque la gran cantidad de tweets y de correos electrónicos que colapsan nuestras cuentas (decenas, tampoco más) me hacen pensar pueda suceder lo mismo con mi página; porque no creo por otro lado que aquellos a los que me quiero dirigir, a los que puedo representar, vayan a llegar hasta aquí a leerme, y también porque no soy precisamente experto en economía como para poder defender tesis que conozco de forma digamos que amateur. Además no se tiene aún escrito el texto final que se pasará, si se pasa, con lo que estamos hablando sobre un posible texto. Sin embargo considero que es mi obligación y, si a raiz de ello sufro algún tipo de molestias, digamos que "va en el sueldo". No es agradable para nadie recibir insultos, pero bueno, la decisión de coger el cargo fue personal.

Me gustaría en primer lugar defender la legitimidad del Parlamento para realizar este tipo de reformas. Como previamente plantea la propia Constitución Española, votada ésta sí en Referendum, los cambios que no afectan a la propia forma del Estado pueden ser aprobados directamente por las cámaras. Eso sí, se exige una amplísima mayoría que implica, en cualquier caso, el acuerdo entre los grupos mayoritarios de las dos, haya bipartidismo o no. El apoyo que se manifestó ayer en el  Congreso supondría más o menos la traslación de unos 25 millones de votos. No es por tanto nada ilegal ni ilegítimo que una reforma como esta se plantee directamente en el Congreso, especialmente si urge. Por mi parte siempre he defendido que la Constitución debería tener mecanismos de modificación más sencillos que los que tiene, por lo que no puedo sino reafirmarme en la postura de que modificarla no debe ser una cuestión tan compleja como lo es para los primeros títulos. Por tanto, me parece correcto que los cambios sean algo simple, como dijo Zapatero ayer: "natural".

La necesidad de que sea una reforma célere es obvia. Condicionados por los "mercados" o no, lo cierto es que los que tienen que prestar dinero a las Administraciones Públicas no se lo prestan. O nos lo prestan más caro. Y esta modificación seguramente contribuya a facilitar el crédito. Y haga más sencillo al Banco Central Europeo justificar la compra de deuda española e italiana en un momento tan delicado. Visto el ajetreado mes de agosto, soy de los que piensan que no se puede esperar a enero para tomar estas decisiones. ¿Esclavos del mercado? Mucho menos esclavos como país que cualquier trabajador que nos vemos obligados a “desnudarnos” económicamente ante el banco para solicitar un crédito. 

Desde el punto de vista político, el actual sistema con un endeudamiento progresivo y sin límite supone el secuestro por parte de los políticos que estén en el momento gobernando sobre los presupuestos de años posteriores, incluso aunque no cambie el partido que gobierna. No sólo me parece correcto poner un límite al endeudamiento, sino incluso poner un límite a los compromisos presupuestarios que se puedan fijar de una legislatura para las siguientes. Un Alcalde con delirios de grandeza puede dejar establecidos unos gastos fijos para presupuestos posteriores debido a su endeudamiento que condiciones la capacidad operativa de futuros Equipos de Gobierno municipal (no señalo a nadie). Y esto es válido a todos los niveles de la Administración.

Sobre el límite al endeudamiento (que no al gasto, ojo), pues algún comentario sí puedo hacer, aunque sea desde la opinión de un "no economista". El límite de déficit no tiene porqué ser un límite a la prestación de servicios o a los gastos sociales. Desde luego, hasta ahora, los endeudamientos del Estado o de las Comunidades Autónomas no han sido un ejemplo de gestión ni de mejora de servicios. No se endeuda Valencia para mejorar la Sanidad o la Educación. Endeudarse más no es dar mejor servicio. El mejor ejemplo es el de mi ayuntamiento, el de Madrid, con una deuda que suma más que las de los tres Ayuntamientos más endeudados de España después de éste y con unos servicios en franca decadencia, consecuencia de esa deuda y que posiblemente no estarían tan mal si el déficit tuviese un control. Resumen, para tener más dinero, recauda más. La mejora en la gestión, la implicación de los ciudadanos en política y la participación de los ciudadanos (que es mucho más que votar o que hacer un nuevo referendum ahora sobre el límite de deuda) serían mucho más efectivas para mejorar los servicios públicos y su gestión que el actuar como hasta ahora, sin más límite a la capacidad de endeudamiento que el que los propios políticos de turno se fijen.

 Respecto a la necesidad de un referendum para tomar esta medida, ahí sí soy claro: no me parece necesario ni oportuno. Aunque no me considero un fan de la "estabilidad presupuestaria", tampoco me parece que esta afecte de forma radical a las bases de nuestro país, de nuestro sistema o, hablando del Partido, a la posición socialdemócrata. Sí, es cierto que no se votó a los representantes exactamente para esto. Pero también es cierto que la mayoría de los ciudadanos están de acuerdo con la política representativa y que difícilmente se puede gobernar de otra manera, o al menos a mí no se me ocurre. Los sistemas asamblearios tienen una limitación enorme cuando se trasladan a conjuntos mayores de gente, donde resulta imposible incluso ponerse de acuerdo en la forma de colocar y distribuir las tiendas de campaña. Hasta la fecha en nuestro país se han celebrado varios referéndums (referenda es el plural correcto, aunque un poco redicho) y siempre se han caracterizado por una participación bajísima, en ocasiones irrisoria, y un reflejo en sus resultados del posicionamiento político y de la orientación de voto de los Partidos Políticos. No nos engañemos. No es que esto reste importancia a los referéndums, pero es significativo. Consultas sobre los estatutos de autonomía o sus modificaciones, o el último sobre la Constitución Europea, de mucha mayor transcendencia para nuestro futuro, se han saldado con participaciones simbólicas.

Solo queda una objeción: la de aquellos que ven los presupuestos como una especie de motor de la economía. Y ese papel es más que dudoso, al menos en lo que se ligue al déficit. La solución para una situación de crisis familiar no sería pedir más créditos, sino gestionar diferente. Pues igual en el Estado. En la crisis actual ha quedado patente que el endeudamiento en exceso de algunos países, lejos de solucionar o mejorar su situación, la ha agravado (contagiando además al resto de la Comunidad Europea, por lo que es lógico que todos se preocupen) Los Presupuestos Generales del Estado deben ser un sistema de redistribución de rentas, tanto desde el punto de vista de la recaudación (que paguen más los que más tienen), como del gasto (la política social) Y ese factor redistributivo es el que interviene en la política económica reactivándola al poner dinero libre a disposición de los ciudadanos y liberar de gastos imprescindibles a las clases medias: de qué íbamos a tener el nivel de vida que disfrutamos si no tuviéramos cubiertas de forma casi gratuita la Sanidad y la Educación (ver “la Economía del Fraude Inocente”, de Galbraith). Ahí puedo estar de acuerdo en que queda mucho por hacer y en que se podría haber hecho más y antes. Seguro, aunque lo matizaría. Pero eso no depende ni está ligado al endeudamiento del Estado, las Comunidades o los Ayuntamientos, sino a la orientación del gasto y la forma de recaudación (política fiscal)

3 comentarios

Juan Julián -

Sami: tu opinión es siempre igual. Tienes tan claro el concepto de socialdemocracia que todo aquel que esté contra tí es un vendido (al dinero, al cargo, a los dirigentes, a sus amigos...) Podríamos decir que sólo tú conoces los dogmas y los sabes interpretar y, por tanto, todo el que se aleja de lo que tu piensas no es porque piense distinto, sino porque está contaminado por el pecado de la avaricia.
Alfonso: no me metí con el tema de lo que la Constitución establece y lo que queda sin definir (diferencia entre modificar y añadir) porque me parecía muy farragoso. Pero así como lo has puesto está muy simplificado y bien explicado. Ahora me parece más simple de ver. Enhorabuena por la sencillez

Alfonso Montero -

Aunque el término "reforma constitucional" suene muy grandilocuente, dentro de ese término caben muchas realidades y previsiones. Por ejemplo, modificar la prevalencia del varón o la mujer en la línea sucesoria de la Corona es reforma constitucional, pero estaríamos hablando de "cambiar" una realidad y una previsión que ya está establecida constitucionalmente. Por otro lado, establecer una previsión constitucional en cuanto al déficit de las Administraciones Públicas también es reforma constitucional, pero aquí hablaríamos de "añadir", no modificar, una circunstancia no prevista inicialmente por el Constituyente.
Es evidente que no todas las "reformas constitucionales" tienen el mismo alcance y la misma trascendencia y, por ello, la Constitución en los mecanismos de reforma que ella prevé establece claramente la distinción entre las reformas "esenciales" de aquellas que no lo son. Y dentro de las reformas "no esenciales" establece la posibilidad de realizar referéndum o no, de que haya acuerdo o no entre ambas Cámaras, etc.
En el caso concreto de la regulación del déficit público se trataría de reforma no esencial, no se trataría de la modificación de una previsión constitucional, sino de añadir la previsión en concreto al artículo 135, y además se establecería un "mandato genérico" a las Administraciones Públicas sobre el déficit público, que posteriormente a través de distintas leyes orgánicas se concretaría, además de las concreciones que establezca el Tribunal Constitucional. Por ello, ante la "reforma" que se propone, el no sometimiento a referéndum no podríamos considerarlo "fraude constitucional", como algunos medios de comunicación y algunas aportaciones al debate público han dejado entrever.
Por cierto, la "modificación" de la prevalencia del varón o la mujer en la línea sucesoria a la Corona supone "reforma esencial", por lo que se precisaría mayoría de dos tercios del Congreso y del Senado, disolución inmediata de las Cortes, aprobación por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras elegidas, y referéndum para su ratificación.
Es evidente que las previsiones constitucionales de reforma de la Constitución dieron flexibilidad y rigidez para que el Legislador encuentre el mecanismo que se ajuste mejor a las necesidades de cada momento.
Saludos.

Sami Awad -

Estimado compañero:
quisiera responder a tus argumentos recordandote que representas al PSOE y a su ideologia.
Dices una obviedad como es la legitimidad de la reforma que nadie discute.Sobre la celeridad, no estoy de acuerdo, porqué las reformas necesitan debates serios y no aceleradas como dictan los mercados. politicamente, porqué te parece el (déficit) un secuestro para los diputados gobernando ahora y la deuda pública (endeudamiento) no.Esta reforma limita el gasto si por falta de recaudación para el ingreso, po consiguiente, alivia a los pudientes ( menos impuestos) y penaliza a los débiles ( menos gastos). Ya sé que algunos obedecen sumisos a los amos y no quieren que opine el soberano. Te recuerdo que esta reforma dinamita el principio de la socialdemocracia que es la igualdad.
Una última pregunta: ¿En qué ponencia o congreso hemos votado o aprobado la forma y el fondo de esta reforma?.
Más incoherencia en nuestra ideología resta credibilidad de nuestro partido cara a los ciudadanos. Hay tiempo para evitarlo.