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La página de Juan Julián Elola

APROBADA LA LEY DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA AYER EN EL CONGRESO

APROBADA LA LEY DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA AYER EN EL CONGRESO

Ya son seis las leyes de este Ministerio aprobadas por el Congreso en esta legislatura. Muchas de ellas de importancia para el conjunto de los españoles y, la mayoría, sentando la cohesión y la garantía de unidad en la actuación de los poderes públicos en todo el país. Aunque, desafortunadamente, han pasado de forma inadvertida, serán un gran legado que los diputados que trabajamos en ellas dejamos para España, mientras desde otros ámbitos se empeñan en no trabajar ni dejar a los demás hacerlo.

 La Ley de Investigación Biomédica fue aprobada ayer en la Comisión de Sanidad y Consumo, para su paso a la segunda lectura por el Senado. Han sido unas semanas de muy intenso trabajo por parte de los compañeros que formábamos la ponencia, ya que era nuestra intención alcanzar un gran consenso sobre esta Ley, para garantizar su pervivencia. Es imprescindible que los investigadores encuentren en España un lugar donde exista una estabilidad y puedan establecer proyectos que, sin duda, serán a largo plazo.

Finalmente ha habido pocas áreas de desencuentro entre los grupos. Incluso el PP ha asumido la mayor parte del texto y ha votado a su favor. Desde el Partido Popular se ha intentado crear la sensación de que con ésta Ley  estábamos permitiendo la clonación humana con fines reproductivos, cosa que es totalmente falsa. Para desmentirlo, pongo aquí algunos artículos de la Ley de Reproducción Humana Asistida y de la propia Ley de Investigación Biomédica, que lo aclaran (la cursiva es mía):

Artículo 14. 2 de la LRHA. Los gametos utilizados en investigación o experimentación no podrán utilizarse para su transferencia a la mujer (es decir, que no pueden utilizarse para el embarazo) ni para originar preembriones con fines de procreación.

 Técnicas de reproducción asistida autorizadas por el ANEXO de la LRHA, que excluye totalmente cualquier posibilidad de clonación o de técnicas similares:

1. Inseminación artificial.

2. Fecundación in vitro e inyección intracitoplásmica de espermatozoides procedentes de eyaculado, con gametos propios o de donante y con transferencia de preembriones.

3. Transferencia intratubárica de gametos.

Artículo 33.1 de la LIB. Se prohíbe la constitución de preembriones y embriones humanos exclusivamente con fines de experimentación. (esto creo que elimina la acusación de querer tener al doctor Menguele o a Frankestein trabajando en la investigación española, que es mucho más seria de lo que algunos quieren hacer parecer)

33.2. Se permite la utilización de cualquier técnica de obtención de células troncales humanas con fines terapéuticos o de investigación, que no comporte la creación de un preembrión o de un embrión exclusivamente con este fin [...] (obviamente, como cualquiera entenderá, la prohibición de crear embriones o preembriones impide la posibilidad de su uso con fines reproductivos)

Ha habido también otro importante debate con Convergencia, apoyada por el Partido Popular, acerca de su intención de introducir modificaciones en la Ley para que se permitiera, por esta vía, la implantación de bancos de cordón umbilical privados con ánimo de lucro, en nuestro país. La posición del grupo socialista pasa por la defensa de las donaciones hechas de forma altruísta a un sistema universal de recogida, y está avalada por científicos tan prestigiosos y tan fuera de dudas como la Sociedad Americana de Pediatría. Cualquier modificación en el sistema actual de donaciones español podría producir su quiebra o su fracaso. Es un sistema que funciona porque todos donamos, sin ninguna intención de lucro y para quien lo necesite, y es su base y la clave que nos convierte en el país con mayor número de donantes. La introducción de la existencia de un tipo de donación egoísta, donde no dono de forma universal, sino que lo guardo para mí o para quién yo quiera, y si no lo necesito se destruye, pero no vale para otro, sería un grave precedente que puede producir, y producirá, desconfianza y, finalmente renuncia a la donación altruísta.

Alguna propuesta ha quedado también mantenida por parte de Ezquerra, en el sentido de dotar de más capacidades a las Comunidades Autónomas, que en nuestra opinión resta prestigio frente a un sistema nacional que puede ganar mucho más reconocimiento a nivel internacional.

Y ya son seis las leyes aprobadas en esta legislatura en el ámbito sanitario, lo cual me parece que será un importante legado que dejaremos los diputados que hemos estado trabajando mientras otros, ocupados en otros asuntos, no solo no colaboran sino que tampoco dejan trabajar (me viene de vez en cuando a la cabeza aquella frase "cuan gritan estos malditos..."). De todas formas, va tomando forma de manera importante la labor realizada y nuestra aportación a la formación de un país moderno y de mejoras en los derechos ciudadanos:

  • Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios.

  • Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

  • Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida.

  • Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

  • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

  • Esta es una Ley que permitirá la modernización de nuestra investigación y sentar las bases para regular y organizar de una vez las posibilidades de investigar en España. Junto a la Ley de Reproducción Asisitida constituye la base para que en temas científicos nuestro país se sitúe entre los que establecen criterios médicos o sanitarios para temas médicos o sanitarios, corrigiendo las derivas ideológicas influidas por el ultraconservadurismo católico para estas cuestiones y trabajando por lo que interesa a la mayoría, aunque en este caso sea

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